14 de diciembre de 2017

Consejos para tu próxima declaración de la renta

El resultado de la declaración de la renta no se determina en abril o mayo, en esos meses tan sólo reflejamos unos datos financieros que se han cerrado en diciembre del año anterior. Por todo esto, desde el arranque del ejercicio hasta el último día tenemos la posibilidad de actuar para preparar el resultado de la misma, poniendo especial atención a  las posibles deducciones o reducciones que podemos aplicar.

Estas semanas finales nos ofrecen la última oportunidad para optimizar nuestra declaración de la renta, y para ello debemos hacer el mejor análisis posible de nuestra situación fiscal. No hay que olvidar que desde el mes de enero ya estamos anticipando el pago de impuestos a través de las retenciones sobre nuestros rendimientos ya sean de trabajo, actividades profesionales o sobre los beneficios de muchos de los productos financieros.

Estas retenciones no son cantidades definitivas aunque la Agencia Tributaria intente ajustarlas con el modelo 145 de Comunicación de Datos al Pagador. Por ejemplo, si tenemos otros ingresos no sujetos a retención y estos anticipos son insuficientes al declararlos y pueden aumentar el tipo marginal. Si, por el contrario, como ocurre a muchos contribuyentes tenemos reducciones o deducciones impositivas que la Agencia Tributaria no tenga en cuenta o se haya conseguido tener derecho a las mismas a lo largo del año como, por ejemplo, el nacimiento de un hijo o una deducción por discapacidad, se conseguirá un resultado más favorable en la declaración.

Analicemos todas las posibilidades para que cuando realicemos la autoliquidación dentro de unos meses no nos llevemos ninguna sorpresa negativa y, si podemos, consigamos un resultado a nuestro favor.

Aportaciones a planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones y otros productos análogos como los planes de previsión asegurados (PPA), siguen siendo una de las mejores formas para reducir el pago de impuestos. Podemos restar de nuestros ingresos del trabajo o de actividades profesionales si somos autónomos hasta una cantidad tope de 8.000 euros o el 30% de nuestros ingresos (la menor de estos), por estos conceptos laborales.  Por esto, el primer paso es ver si hemos o no superado ya esta cantidad en aportaciones a lo largo del año. No se puede realizar una aportación superior a 8.000 €

Si no tienes otros ingresos sin retenciones y se ha calculado correctamente la retención desde tu empresa, el resultado de las aportaciones en este tipo de productos dará como resultado una devolución de impuestos, que, por qué no, podemos destinar a su vez a realizar otras aportaciones extraordinarias a nuestro plan de pensiones, y acumular por tanto un capital para la jubilación.

Analiza todas las deducciones y justifica las mismas

Aunque desde el 1 de enero de 2013 no hay deducción para los que adquieran una nueva vivienda habitual (se mantienen para los que compraron antes del 31 de diciembre de 2012), aún existen comunidades autónomas (además de las haciendas forales de Navarra, Guipúzcoa, Vizcaya y Álava), que mantienen algunas deducciones, ya sea para jóvenes o si se adquiere en zonas rurales. Estos son un ejemplo de las deducciones autonómicas. Hay muchas más y es conveniente conocerlas: por gastos de estudios, seguros de salud, cuidados de mayores y menores, etc.

No te limites en conocerlas. Estúdialas, conoce sus límites y como debes justificar las mismas. Por ejemplo, si quieres tener derecho a la deducción por los gastos destinados al cuidado de menores, el trabajador contratado debe estar dado de alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.

También ten en cuenta estos mismos límites y tener justificación siempre de los pagos en otras deducciones como por las cantidades aportadas a ONGs.

Rentas positivas y negativas, traspasar o compensar

Por último, un punto muy importante está en las inversiones. No sólo debemos tener en cuenta las ganancias financieras, también el pago fiscal. Este binomio financiero-fiscal nos debe llevar a tener en cuenta, por ejemplo, si conviene vender y pagar la totalidad de impuestos o diferir la venta a otros ejercicios. Para esto, tenemos la ventaja de los fondos de inversión, si no queremos pagar impuestos este año sobre una plusvalía siempre podemos traspasarlo a otro fondo de inversión de bajo riesgo en el que consolidar la ganancia, y vender posteriormente las participaciones que deseemos más tarde.

También hay que analizar muy bien las rentas obtenidas por inversión en productos financieros. Lo primero que hay que tener en cuenta es la calificación de las rentas que hemos obtenido. Si las rentas negativas obtenidas son pérdidas patrimoniales (obtenidas por venta de fondos, acciones, etc.) podremos compensarlas, primero con ganancias patrimoniales (por venta de inmuebles, acciones, fondos, etc.) y después se pueden compensar también con hasta un 20% de rendimientos de capital mobiliario (obtenidos por venta de bonos, dividendos, depósitos, etc.). Sin embargo, si lo que hemos obtenido son rendimientos de capital mobiliario negativos (por venta de bonos, notas estructuradas, etc.), se podrán compensar primero con rendimientos de capital mobiliario positivos (por venta de bonos, dividendos, depósitos etc.) y después se pueden compensar también con hasta un 20% de ganancias patrimoniales (por venta de inmuebles, acciones, fondos, etc.). 

Analizar correctamente nuestros ingresos, pagos de impuestos, deducciones y situación de nuestro patrimonio en estos meses de final de año nos permitirá mejorar considerablemente el resultado de nuestra declaración de la renta del 2017 que presentaremos en el 2018.

Disclaimer: Información desarrollada por Deutsche Bank SAE con el objetivo de apoyar el conocimiento a clientes de servicios financieros.
Deutsche Bank, S.A. Española – NIF A-08000614, R.M. Madrid, T.28100, L.0, F.1, S.8, H.M506294, I.2

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